DOCUMENTOS | Detalle

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Título (ingles) Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
Temáticas asociadas Discriminación
Año de edición 2003
Autor/es NACIONES UNIDAS
Entidad editora http://www.bizkaia.net/gizartekintza/Genero_Indarkeria/ca_index.html
Descripción

La Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada
en Nueva York el 18 de diciembre de 1979, fue ratificada por España el 16 de diciembre de 1983 y
publicada en el Boletín Oficial del Estado el 21 de marzo de 1984. La ratificación se realizó con una
reserva, que se mantiene en la actualidad: la ratificación por España de la Convención no afectará a
las disposiciones constitucionales en materia de sucesión a la Corona.

Desde la fecha de su publicación, este Tratado forma parte del ordenamiento jurídico nacional, tal y
como proclama el artículo 96.1 de la Constitución Española de 1978 y el artículo 1.5 del Código Civil.
De acuerdo con el artículo 18 de la Convención, España ha presentado informes en 1985, 1989, 1995
y 1998. Dado que el último informe se defendió ante el Comité en julio de 1999, el V Informe que ahora
se presenta abarca el periodo comprendido entre 1999 y 2001, incorporándose también algunas
medidas y actuaciones correspondientes al año 2002.

Se presentan los avances conseguidos en materia de Igualdad de Oportunidades en relación con los
mandatos contenidos en el texto de la Convención, los compromisos derivados de la Plataforma de
Acción adoptados en la IV Conferencia Mundial de las Mujer, y los de la Sesión Especial de la
Asamblea General: “Mujeres 2000: Igualdad de Género, desarrollo y paz para el siglo XXI� de junio de
2000, y todo ello en el marco de la legislación y políticas de la Unión Europea.

El informe se ha elaborado con arreglo a las “directrices generales sobre la forma y contenido de los
informes� y se estructura siguiendo el articulado de la Convención si bien se han incorporado
capítulos, - tales como el de Exclusión Social y violencia -, relacionados con materias que, o bien no
se contemplan en un artículo específico de la Convención, o bien son objeto de alguna recomendación
concreta del Comité.

En relación con cada capítulo, se incorporan datos estadísticos relativos a la situación de la mujer en
el área correspondiente, las principales modificaciones que afectan al ordenamiento jurídico y la
descripción de las políticas, programas y actuaciones más relevantes para avanzar en la consecución
de la igualdad real entre mujeres y hombres y para superar las dificultades que, sin duda, persisten en
determinadas materias.

La realización del informe ha correspondido al Instituto de la Mujer, Organismo Autónomo dependiente
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que en el ámbito de la Administración Central del Estado,
ostenta las competencias en materia de Igualdad de Oportunidades.
Bajo su coordinación, y con el apoyo de la Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Asuntos
Exteriores, los diferentes Departamentos Ministeriales han suministrado información para el informe.
También las Comunidades Autónomas en el marco de las competencias que tienen atribuidas en la
materia, han enviado la información contenida en el Anexo I y finalmente, las ONG del Consejo Rector
del Instituto de la Mujer, la información reflejada en el Anexo II.

Enlace al documento Pulse aquí para descargar/abrir el documento