Concluisón del XXIV Congreso Estatal Mujeres Abogadas, Salamanca 3-5 febrero 2012. El sistema de seguridad social cumpla el modelo diseñado por la Constitución, en el cual, aún siendo mixto (contributivo y asistencial), es preeminente el factor asistencial, privilegiando el sistema de reparto sobre el de capitalización y respetando así el principio de solidaridad. El principio de contributividad que efectúa la Ley 27/2011 de Reforma de Pensiones, perjudica a la mujer debido a: - La falta de oportunidad en el acceso y sobre todo permanencia en el empleo.
- La contratación temporal y/o a tiempo parcial.
- Los salarios inferiores a los del hombre.
- La privatización del sistema de seguridad social con la incentivación fiscal de los planes de pensiones.
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