La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (B.O.E. núm. 313 de 29 de diciembre de 2004), consagra y garantiza a las mujeres que son o han sido víctimas de violencia de género, una serie de derechos con la finalidad de que las mismas puedan poner fin a la relación violenta y recuperar su proyecto de vida. La Ley Integral reconoce todo un catálogo de derechos a las mujeres víctimas de violencia de género. Estos derechos son universales, en el sentido de que todas las mujeres que hayan sufrido algún acto de violencia de género tienen garantizados los mismos, con independencia de su origen, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La propia Ley agrupa los diferentes derechos en cuatro apartados: - Derecho a la información, a la asistencia social integral y a la asistencia jurídica gratuita.
- Derechos laborales y prestaciones de la Seguridad Social.
- Derechos de las funcionarias públicas.
- Derechos económicos.
Esta guía desarrolla explica en que consisten estos derechos. Tambien explica los "Derechos de las víctimas del delito de los que también son titulares las mujeres que han sufrido una situación de violencia de género" y los "Derechos de las mujeres extranjeras victimas de violencia de género". |